Tu banco ha pagado un recibo con el que no estás de acuerdo? de cuanto tiempo dispones para que el banco lo devuelva?
La Ley de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera, determina que tienes derecho a devolución en los casos en que los recibos los hubieras previamente autorizados, si al dar la autorización no especificaras el importe exacto y si dicho importe supera razonablemente el que podías esperar teniendo en cuenta tus anteriores pautas de gasto, las condiciones de tu contrato y otras circunstancias pertinentes (art. 48 del Real Decreto-ley 19/2018).
De ser así, el plazo máximo de devolución es de ocho semanas, contadas a partir de la fecha en la que te cargaron el recibo en tu cuenta. En diez días hábiles desde que recibe la solicitud de devolución, la entidad deberá devolver el importe del recibo o bien justificar su denegación de devolución, indicando en este caso los procedimientos de reclamación.
En el caso de los recibos que no estuvieran previamente autorizados, el citado Real Decreto-ley dice que deberás comunicar a tu entidad la operación no autorizada sin tardanza injustificada y siempre en un plazo máximo de trece meses desde la fecha del adeudo o abono.