Los bancos recortan, cada vez más, servicios presenciales y automatizan las oficinas pero, puedo exigir servicios personales?
En estos tiempos de nuevas tecnologías, donde cada vez son más frecuentes el uso de sistemas mecanicos y automatizados, cada día hay menos bancos fisicamente abiertos y parece que lo habitual será utilizar más internet para todas nuestras consultas y gestiones, pero a todos nos surge una duda, sobretodo para personas mayores o que no se desenvuelven bien con las maquinas y menos aún por Internet como pueden ser nuestros padres o abuelos. entonces la dudas es: ¿ME PUEDEN OBLIGAR MI BANCO A SACAR DINERO EN EL CAJERO EN LUGAR DE VENTANILLA?
Según el Banco de España no nos pueden obligar, salvo que expresamente lo diga el contrato o la entidad te avise de la modificación del modo de prestar los servicios por lo menos con dos meses de antelación.
El banco nos debe informar y su no nos interesa la forma en la que presta el servicio de caja –en el que se incluyen los reintegros y los ingresos en efectivo- serás tú quien evalúes esta cuestión y decidas si mantienes o no tu relación con el banco
Si tu banco presta el servicio de caja únicamente a través de cajero, debería incluirlo en el contrato de cuenta, o si se trata de una limitación sobrevenida, comunicártelo con dos meses de antelación, para que puedas decidir si continúas siendo cliente o no.
Deberías mirar si tienes o has tenido alguna notificación a este respecto y ver si tu banco está incumpliendo esto.
En ese caso, hay dos opciones, o pedir una y otra vez que te den el dinero en ventanilla porque así lo dice el BDE o cambiar de banco no sin antes preguntar si tienes esta posibilidad.